Traslado del vehículo a otro país:
Se trámita en la DGT por medio de una gestoría. Para realizar un traslado necesita entregar la misma documentación anterior, ya que corresponde a una baja definitiva, incluido el formulario de baja, que puede pedir directamente a Tráfico. Lo único que cambia es que no se debe llevar al desguace, ya que el coche no se va a despiezar. Antes de solicitar la baja, también deberá anular cualquier limitación de disposición que estuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, tales como precintos, reservas de dominio o embargos, y firmar una declaración responsable en la que indique que no es un residuo que se va a trasladar a un país que no corresponde a la Unión Europea.
Baja temporal del vehículo:
Se tramita en la DGT cuando se desea vender el vehículo, cuando ha sido sustraído, o si por ejemplo, es un coche de leasing, llega al final de su contrato y no quiere tenerlo más. La documentación requerida contiene la solicitud de baja, el permiso de conducir y la tarjeta de la ITV, además de una copia del DNI o del permiso de residencia. Si han hurtado el vehículo se debe aportar la denuncia de la policía.
Recuerde que las gestiones en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico requieren de cita previa, la puede pedir a través de Internet o por vía telefónica, ya que no es posible dar de baja un coche por Internet a través de la sede electrónica de la DGT: la única manera de hacerlo es a través de terceros, y solamente en casos en los que el vehículo vaya a darse de baja definitiva en un desguace. Si quiere por esta vía, asegurese de recibir los certificados y justificantes pertinentes al despiece del vehículo.